En esta guía
Qué es el DeCA
DeCA son las siglas de Documento electrónico de Control Administrativo. Es la versión digital del «documento de control» que la Orden FOM/2861/2012 ↗ exige en el transporte público de mercancías por carretera: un documento que acompaña a la mercancía y permite a la Inspección del Transporte comprobar, en carretera, quién contrata, quién transporta, qué se lleva y entre qué puntos.
Según la propia Orden, es un documento de naturaleza administrativa que debe llevarse a bordo del vehículo acompañando a las mercancías, y se formaliza en relación con cada envío. En los contratos de transporte continuado habrá tantos documentos como envíos se realicen.
Orden FOM/2861/2012 · artículo 3
«El documento de control es un documento de naturaleza administrativa, que deberá llevarse a bordo del vehículo acompañando a las mercancías en su desplazamiento.»
Ver en el BOE ↗
Quién debe emitirlo
El artículo 4 de la Orden señala a dos sujetos obligados a formalizar el documento:
Los dos son responsables de no formalizar el documento y de que no se lleve a bordo, aunque el cargador contractual queda eximido si prueba que el documento fue emitido (artículo 7). Cada uno responde, además, de la exactitud de unos datos concretos; lo detallamos en la guía de datos obligatorios del documento de control.
Qué contiene
La Orden pide, como mínimo, ocho datos esenciales: el cargador contractual (nombre, NIF y domicilio), el transportista efectivo (nombre y NIF), el origen y el destino, la naturaleza y el peso de la mercancía, la autorización especial de circulación cuando proceda, la fecha, la matrícula del vehículo (y del remolque en un conjunto articulado) y las observaciones que quieran añadir las partes. Puedes ver cómo queda todo junto en nuestro modelo de DeCA en PDF.
El formato es libre: el artículo 5 permite ajustarlo «al modelo, formato y denominación que más convenga», siempre que estén todos los datos.
Qué cambia con el DeCA electrónico
La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible ↗ dispuso que este documento sea necesariamente digital a los diez meses de su entrada en vigor. El Ministerio de Transportes sitúa esa fecha en el 5 de octubre de 2026; lo explicamos en DeCA obligatorio desde el 5 de octubre de 2026.
Y la Resolución de 5 de junio de 2026 ↗ fija cómo debe ser ese documento electrónico:
- Un fichero PDF de hasta 5 MB, con fecha y hora de creación y de modificación como metadatos.
- Generado de forma nativa digital a partir de datos estructurados (no vale un escaneo).
- Con un código QR dentro del PDF que lleve a una URL única y específica del documento.
- Creado antes del inicio efectivo del servicio y entregado al conductor en el móvil o impreso.
- Conservado al menos un año por cargador y transportista.
Qué no es el DeCA
- No es la carta de porte. Documenta otra cosa, aunque en ciertos casos puede servir de DeCA: lo vemos en DeCA y carta de porte.
- No es obligatorio en todos los transportes. Hay exenciones y casos que quedan fuera, como el transporte internacional o el privado complementario: quién está exento del DeCA.
- No requiere firma para su validez, según la propia Resolución.
Preguntas rápidas
¿DeCA y documento de control son lo mismo?
Sí. «Documento de control administrativo» es el nombre de la Orden FOM/2861/2012; DeCA es el nombre abreviado de su versión electrónica (Documento electrónico de Control Administrativo).
¿Hace falta un DeCA por cada camión o por cada viaje?
Por cada envío. La Orden indica que, en los contratos de transporte continuado, existirán tantos documentos de control como envíos se realicen. La Resolución permite agrupar varios servicios en un mismo DeCA solo si cargador contractual y transportista efectivo son los mismos y cada envío queda claramente identificado.
¿Dónde empiezo?
Con la guía de cómo hacer un DeCA, paso a paso.
Contenido revisado
Esta guía ha sido revisada por TAGA Formación, consultora y formación en transporte por carretera.